Ahora que está de moda el tema de las pensiones he visto publicado este artículo interesante para que veamos que en el siglo XXI todos somos iguales.
(noticia de 20minutos)
El portal Invertia, publica un interesante artículo de la firma de Larrauri & Martí Abogados en el que se explican con absoluta claridad las diferencias entre un ciudadano normal y la clase política a la hora de cobrar una pensión. Mientras el español de a pie debe cotizar 35 años para poder cobrar una pensión, los políticos simplemente deben hacerlo durante 7 años.
La primera gran diferencia entre una pensión pública y una pensión de un alto cargo, o mejor dicho entre un ciudadano y un alto cargo institucional, es que así como el ciudadano nunca podrá percibir dos salarios del erario público, el ministro, el senador, diputado, secretario, etc…, podrán percibir dos y tres salarios del Erario Público.
Es más, todos los contribuyentes deben tributar por sus ingresos, pero un tercio del sueldo de los diputados o senadores no está sujeto a IRPF porque se considera como indemnización para gastos de su cargo.
Además, todos nosotros debemos cotizar durante 35 años para cobrar la totalidad de la base reguladora de la pensión a la que tengamos derecho, sin embargo a los miembros del Gobierno les basta con jurar el cargo y acumular siete años de ejercicio para poder obtener la pensión máxima de jubilación.
Y este gran privilegio lo tienen gracias a la llamada pensión parlamentaria, que está prevista en el Reglamento de pensiones parlamentarias de fecha 11 de junio de 2006, que es la pensión que las Cortes Generales abonan con cargo a su presupuesto a quienes hayan sido miembros del Congreso de Diputados o del Senado durante al menos 7 años.
(noticia de 20minutos)
El portal Invertia, publica un interesante artículo de la firma de Larrauri & Martí Abogados en el que se explican con absoluta claridad las diferencias entre un ciudadano normal y la clase política a la hora de cobrar una pensión. Mientras el español de a pie debe cotizar 35 años para poder cobrar una pensión, los políticos simplemente deben hacerlo durante 7 años.
La primera gran diferencia entre una pensión pública y una pensión de un alto cargo, o mejor dicho entre un ciudadano y un alto cargo institucional, es que así como el ciudadano nunca podrá percibir dos salarios del erario público, el ministro, el senador, diputado, secretario, etc…, podrán percibir dos y tres salarios del Erario Público.
Es más, todos los contribuyentes deben tributar por sus ingresos, pero un tercio del sueldo de los diputados o senadores no está sujeto a IRPF porque se considera como indemnización para gastos de su cargo.
Además, todos nosotros debemos cotizar durante 35 años para cobrar la totalidad de la base reguladora de la pensión a la que tengamos derecho, sin embargo a los miembros del Gobierno les basta con jurar el cargo y acumular siete años de ejercicio para poder obtener la pensión máxima de jubilación.
Y este gran privilegio lo tienen gracias a la llamada pensión parlamentaria, que está prevista en el Reglamento de pensiones parlamentarias de fecha 11 de junio de 2006, que es la pensión que las Cortes Generales abonan con cargo a su presupuesto a quienes hayan sido miembros del Congreso de Diputados o del Senado durante al menos 7 años.